006-0325

Modificatorio
Código Tributario Multa Notificada: 28 de agosto de 2025

Lección Principal

Es fundamental cumplir con la obligación formal de presentar el informe de retenciones de IVA (F-930) dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente, ya que este plazo es independiente del derecho a usar el crédito fiscal. No obstante, la Administración Tributaria está obligada a investigar la naturaleza real de las operaciones (Principio de Verdad Material) antes de sancionar, especialmente si hay indicios de que la operación subyacente estaba exenta de impuestos.

Resumen del Caso

Una empresa fue multada con $91,131.78 por no presentar el informe de retenciones de IVA (F-930) en varios períodos. El Tribunal confirma la multa de $75,943.15 para los períodos donde la obligación era clara (arrendamientos), pero revoca $15,188.63 del período de mayo 2022, al determinar que la DGII no investigó si la retención correspondía a una operación exenta (seguros), incumpliendo así el Principio de Verdad Material.

Montos en Disputa

$75,943.15

Multa

$75,943.15

Total

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