C1202007TM
ModificatorioLección Principal
Los establecimientos que prestan servicios de alojamiento, incluyendo los moteles, están obligados por ley a actuar como agentes de percepción de la Contribución Especial para la Promoción del Turismo del 5%. Esta obligación es independiente de si el negocio se considera a sí mismo como turístico o si sus clientes son turistas; el simple hecho de prestar el servicio de alojamiento genera la obligación de recaudar y enterar dicha contribución.
Resumen del Caso
Un contribuyente que opera un motel impugnó la determinación de la DGII que le exigía el pago de la Contribución Especial para la Promoción del Turismo y multas asociadas, argumentando que su negocio no es turístico. El Tribunal confirmó la obligación del motel de recaudar la contribución por ser un 'establecimiento hotelero', pero revocó las multas por violación al principio de tipicidad, ya que las normas sancionatorias aplicadas solo se referían a 'impuestos' y no a 'contribuciones especiales'.
Montos en Disputa
$23,115.68
Impuesto
$28,227.24
Multa
$51,342.92
Total
Análisis detallado de la sentencia
Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.
Con Pro también obtienes: