H1202023TM
ConfirmatorioLección Principal
Es crucial mantener un control de inventarios riguroso y documentado. Si la Administración Tributaria detecta faltantes, la carga de la prueba para justificar esas diferencias y desvirtuar la presunción de ventas omitidas recae enteramente en el contribuyente. No responder a los requerimientos de la autoridad fiscal o dar explicaciones insuficientes resultará en la confirmación del ajuste tributario y las sanciones correspondientes.
Resumen del Caso
El contribuyente, una empresa productora de bebidas alcohólicas, impugnó una resolución de la DGII que le determinó impuesto omitido sobre el contenido alcohólico y le impuso multas, basado en la presunción de ventas no declaradas por faltantes de inventario. El contribuyente alegó nulidad en la notificación y una determinación confiscatoria. El Tribunal confirmó la actuación de la DGII, validando tanto el procedimiento de notificación a empleados como la aplicación de la presunción legal ante la falta de justificación de los inventarios por parte de la empresa.
Montos en Disputa
$41,928.92
Impuesto
$38,855.87
Multa
$80,784.79
Total
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