I1202001TM
ConfirmatorioLección Principal
La obligación de declarar y pagar el IVA se genera al momento de emitir la factura o prestar el servicio, independientemente de la fecha de cobro al cliente. Los contribuyentes deben planificar su flujo de caja para cumplir con sus obligaciones fiscales puntualmente, ya que el retraso en los pagos de sus clientes no constituye una defensa válida ante la administración tributaria y puede resultar en la imposición de impuestos, multas e intereses.
Resumen del Caso
Una empresa de seguridad fue fiscalizada por la DGII, detectándose que no declaró operaciones de IVA correspondientes al año 2009, a pesar de haber emitido las facturas y registrarlas contablemente. La empresa argumentó que no pagó el impuesto porque sus clientes, mayoritariamente instituciones estatales, le pagaban con meses de retraso. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación del impuesto y las multas por evasión intencional y presentación tardía de informes, estableciendo que la obligación de pagar el IVA nace con la facturación, no con el cobro, y que los problemas de flujo de caja no eximen de responsabilidad tributaria.
Montos en Disputa
$101,706.57
Impuesto
$51,816.77
Multa
$153,523.34
Total
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