C1206044M
RevocatorioLección Principal
La base para calcular la multa por no llevar registro de inventarios es el patrimonio del ejercicio fiscalizado. Un error de la administración en la selección del período del Balance General para el cálculo puede anular la sanción. No obstante, la obligación de llevar registros es indelegable y su incumplimiento será sancionado si el procedimiento es correcto.
Resumen del Caso
La DGII multó a una empresa por omitir llevar registros de control de inventarios durante los meses de enero a marzo de 2011. El Tribunal de Apelaciones revocó la sanción, no porque la empresa cumpliera con su obligación, sino porque la DGII cometió un error de procedimiento al calcular la multa usando el Balance General del año 2010 en lugar del correspondiente al ejercicio fiscalizado de 2011, lo cual es contrario a lo dispuesto en el Código Tributario.
Montos en Disputa
$1,868.4
Multa
$1,868.4
Total
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