C1112006M

Confirmatorio
Código Tributario Tasación/Multa Notificada: 19 de noviembre de 2012

Lección Principal

Los contribuyentes deben atender de forma diligente, completa y dentro del plazo todos los requerimientos de información emitidos por la Administración Tributaria. Asumir que la información ya fue entregada en declaraciones anteriores no exime de esta obligación, cuyo incumplimiento es sancionado, aunque la subsanación posterior puede servir como atenuante para reducir la multa.

Resumen del Caso

La Administración Tributaria (DGII) multó a una empresa por no responder a dos requerimientos de información sobre sus operaciones con un tercero. La empresa apeló, argumentando que ya había proporcionado la información en su declaración semestral (F-987) y que su entrega tardía constituía una infracción menor. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirmó la multa, estableciendo que la obligación de responder a requerimientos específicos de fiscalización es independiente de las declaraciones periódicas y que el incumplimiento del plazo configura la infracción de 'no proporcionar', siendo la entrega posterior solo una causa para atenuar la sanción.

Montos en Disputa

$71,369.89

Multa

$71,369.89

Total

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