C1206036M
RevocatorioLección Principal
La sanción por no llevar registros de control de inventarios debe calcularse sobre el patrimonio del balance general del ejercicio fiscalizado. Un error de la Administración Tributaria en la selección de la base de cálculo puede invalidar la multa, demostrando la importancia de verificar no solo la existencia de la infracción, sino también la correcta aplicación del procedimiento sancionatorio.
Resumen del Caso
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) multó a un contribuyente por omitir llevar registros de control de inventarios. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la multa, no porque el contribuyente cumpliera con su obligación, sino porque la DGII cometió un error al calcular la sanción, utilizando como base el patrimonio del balance general del año anterior al fiscalizado, en lugar del correspondiente al ejercicio fiscalizado, como lo exige la ley para este tipo de infracción.
Montos en Disputa
$4,935.24
Multa
$4,935.24
Total
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