I1204006M
ConfirmatorioLección Principal
Es imperativo emitir y entregar la factura o documento equivalente por cada venta a un consumidor final en el preciso momento de la transacción. La subsanación posterior no elimina la infracción y solo puede servir para atenuar la sanción, por lo que el cumplimiento oportuno es la única forma de evitar multas.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la multa impuesta por la DGII a una contribuyente por no emitir ni entregar una factura a un fedatario durante una compra de prueba. Aunque la contribuyente emitió la factura posteriormente, lo que sirvió como atenuante para reducir la sanción, el Tribunal desestimó sus argumentos de defensa y las pruebas presentadas tardíamente, ratificando que la infracción se consumó al momento de la venta.
Montos en Disputa
$313.74
Multa
$313.74
Total
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