006-0125
ConfirmatorioLección Principal
La posesión de un Comprobante de Crédito Fiscal no es suficiente para garantizar la deducción del IVA. Es crucial que el contribuyente mantenga un expediente robusto para cada compra que demuestre fehacientemente la realidad de la operación (contratos, órdenes de compra, actas de recepción, control de inventarios) y la trazabilidad del pago (transferencias bancarias, cheques cobrados, recibos firmados), ya que la carga de la prueba recae sobre él.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un pago de IVA a una empresa de seguridad, al rechazar la deducción de créditos fiscales por casi un millón de dólares. La decisión se basa en que el contribuyente no pudo demostrar la existencia real (materialidad) de las compras ni que efectivamente pagó por ellas, a pesar de tener los Comprobantes de Crédito Fiscal, los cuales fueron desvirtuados por compulsas a los supuestos proveedores.
Montos en Disputa
$999,308.18
Impuesto
$258,230.81
Multa
$1,257,538.99
Total
$ 998,194.34
Crédito Objetado
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