I1109041T

Confirmatorio
IVA Tasación/Multa Notificada: 31 de agosto de 2012

Lección Principal

Para asegurar el derecho a la deducción del crédito fiscal de IVA, no basta con declarar las compras. Es crucial y obligatorio poseer los Comprobantes de Crédito Fiscal originales y registrar de manera concurrente y fidedigna cada operación tanto en el Libro de Compras específico de IVA como en la contabilidad formal de la empresa. La omisión de cualquiera de estos requisitos anula la deducibilidad del crédito.

Resumen del Caso

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determina un impuesto a pagar de $65,179.49 en concepto de IVA. La objeción se debe a que el contribuyente se dedujo dicho monto como crédito fiscal sin poseer los Comprobantes de Crédito Fiscal que respaldaran las compras y sin haber registrado dichas operaciones en su Libro de Compras ni en su contabilidad formal, incumpliendo los requisitos del artículo 65 de la Ley de IVA.

Montos en Disputa

$65,179.49

Impuesto

$65,179.49

Total

$ 65,179.49

Crédito Objetado

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