C2307005M
ConfirmatorioLección Principal
Toda persona jurídica, incluyendo asociaciones y fundaciones sin fines de lucro, debe presentar anualmente el Informe F-915 con el listado de sus socios o miembros, independientemente de si distribuye utilidades o no. La única forma de eximirse de esta obligación formal es obteniendo una calificación expresa como 'sujeto excluido' por parte de la Dirección General de Impuestos Internos.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma una multa de $1,080.00 a una asociación por no presentar el Informe F-915 con el listado de sus miembros. La asociación argumentó que, al ser sin fines de lucro y no distribuir utilidades, no estaba obligada, pero el Tribunal determinó que la obligación aplica a toda persona jurídica, distribuya o no excedentes, máxime si no ha sido formalmente declarada como sujeto excluido por la DGII.
Montos en Disputa
$1,080
Multa
$1,080
Total
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