I1201002M
ConfirmatorioLección Principal
La obligación de documentar una venta a un consumidor final no se cumple solo con emitir la factura; es indispensable entregarla físicamente al cliente en el preciso instante en que se efectúa el pago. Tener la factura lista pero no entregarla de inmediato es una infracción sancionable.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la multa impuesta a un contribuyente (restaurante) por no entregar la factura de consumidor final a un agente fiscal (fedatario) en el momento del pago. El contribuyente alegó que la factura ya estaba emitida, pero el Tribunal sostuvo que la obligación legal incluye tanto la emisión como la entrega inmediata del documento, y que el acta del fedatario constituye plena prueba de la omisión.
Montos en Disputa
$103.8
Multa
$103.8
Total
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