I1109011T

Revocatorio
IVA Tasación/Multa Notificada: 30 de abril de 2012

Lección Principal

La Administración Tributaria no puede asumir automáticamente que una subvención o restitución de costos de una casa matriz a una filial forma parte de la base imponible del IVA de las ventas de esta última. Es indispensable que la autoridad fiscal demuestre, con pruebas concretas como análisis de precios de mercado y facturación, que dicha subvención efectivamente redujo el precio cobrado al cliente final para poder considerarla parte del precio total de la operación.

Resumen del Caso

La DGII determinó que un distribuidor de combustible omitió declarar parte de la base imponible del IVA al no incluir una subvención recibida de su casa matriz para mantener precios competitivos. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión, argumentando que la DGII no probó que dicha subvención se tradujera en una reducción efectiva del precio de venta al cliente final y, por lo tanto, no demostró que formara parte del 'precio de la operación' según la ley.

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