I1105010T
ConfirmatorioLección Principal
Para deducir un crédito fiscal de IVA, no basta con tener la factura (Comprobante de Crédito Fiscal). Es indispensable conservar y poder presentar pruebas que demuestren la materialidad de la operación, como órdenes de compra, notas de remisión o entrega firmadas, controles de inventario fiables y, crucialmente, una traza de pago clara y directa al proveedor.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta créditos fiscales de IVA a un contribuyente por la compra de aceite quemado. A pesar de poseer los Comprobantes de Crédito Fiscal, el contribuyente no pudo demostrar la existencia efectiva de la operación, ya que carecía de pruebas de la recepción del bien y utilizaba un método de pago anómalo que no permitía verificar el desembolso al proveedor. La investigación de la DGII reveló que el proveedor era ilocalizable y carecía de estructura empresarial.
Montos en Disputa
$4,698.2
Impuesto
$4,698.2
Total
$ 4,698.2
Crédito Objetado
Análisis detallado de la sentencia
Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.
Con Pro también obtienes: