R1105017TM
ConfirmatorioLección Principal
Los acuerdos privados para que un tercero cobre ingresos (como un alquiler) no transfieren la responsabilidad de declarar dichos ingresos ni de pagar el impuesto correspondiente; la obligación recae en quien realiza el hecho generador (el arrendador). Además, es crucial cumplir con la obligación de llevar contabilidad formal si se supera el umbral de activos, ya que su incumplimiento anula la deducibilidad de todos los costos y gastos, aunque se tengan facturas de respaldo.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la decisión de la DGII de determinar un impuesto sobre la renta omitido y una multa por evasión intencional a un contribuyente que no declaró ingresos por arrendamiento. El contribuyente argumentó haber cedido el cobro a otra empresa, pero el Tribunal sostuvo que los pactos privados no alteran la obligación tributaria del arrendador. Adicionalmente, se validó el rechazo de deducciones de gastos por no llevar contabilidad formal, a pesar de estar obligado por el monto de sus activos.
Montos en Disputa
$24,081.44
Impuesto
$12,040.72
Multa
$36,122.16
Total
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