R1105007TM
ConfirmatorioLección Principal
Para asegurar la deducibilidad de un costo o gasto, no es suficiente contar con el comprobante de crédito fiscal. Es indispensable verificar la situación tributaria del proveedor (que esté inscrito y activo) y la validez formal del documento (numeración autorizada), además de conservar pruebas que demuestren la materialidad de la operación (contratos, informes, bitácoras, etc.), ya que la carga de la prueba recae sobre el contribuyente.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la determinación de Impuesto sobre la Renta y la multa impuesta por la DGII, al desestimar los costos y gastos deducidos por el contribuyente. La decisión se fundamenta en que el contribuyente no logró probar la existencia real de las operaciones, ya que los comprobantes de crédito fiscal presentados tenían numeración no autorizada, fueron emitidos por proveedores no inscritos en el registro de IVA o que negaron las transacciones.
Montos en Disputa
$15,092.87
Impuesto
$3,773.22
Multa
$18,866.09
Total
$ 60,371.1
Crédito Objetado
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