I1104015TM

Modificatorio
IVA Tasación/Multa Notificada: 29 de febrero de 2012

Lección Principal

Es crucial analizar la naturaleza real de las operaciones más allá de su denominación contractual. La concesión de derechos de uso o goce sobre bienes inmuebles, sin transferir la propiedad, se considera una prestación de servicios sujeta a IVA, por lo que se deben declarar los ingresos y emitir los documentos fiscales correspondientes para evitar la determinación de impuestos y la imposición de cuantiosas multas.

Resumen del Caso

El Tribunal de Apelaciones confirma la determinación de IVA a una empresa de cementerios, estableciendo que la venta del derecho de uso a perpetuidad de espacios y criptas no es una transferencia de bien inmueble, sino una prestación de servicios gravada. Se ratifican las multas por omisión de declaración y de emisión de documentos, pero se ajusta a la baja una parte de la multa por evasión intencional al aplicar el salario mínimo correcto vigente al momento de la infracción.

Montos en Disputa

$31,154.09

Impuesto

$44,799.21

Multa

$75,953.3

Total

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