I1103016TM
ModificatorioLección Principal
Para evitar la reclasificación de contratos por parte de la autoridad fiscal, es crucial que la forma jurídica del acuerdo (ej. promesa de venta) se corresponda con la realidad económica, evitando cláusulas que otorguen el uso o goce del bien antes de la transferencia de dominio. La autoridad fiscal tiene la obligación de probar, para cada contrato individualmente, que la realidad es distinta a la forma jurídica, no pudiendo basar su determinación en generalizaciones o muestras insuficientes.
Resumen del Caso
La DGII determinó un impuesto de IVA y una multa por evasión al contribuyente, argumentando que sus contratos de 'promesa de venta' de lotes eran en realidad 'arrendamientos con promesa de venta', un servicio gravado. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, revocando el impuesto y la multa principal al considerar que la DGII no probó de manera individualizada que en la mayoría de los contratos se concediera el uso y goce del inmueble, requisito esencial para ser considerado arrendamiento. Únicamente ajustó una multa menor por una presentación tardía.
Montos en Disputa
$212,255
Impuesto
$106,958.8
Multa
$319,213.8
Total
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