C1109029M

Revocatorio
Código Tributario Tasación/Multa Notificada: 18 de enero de 2012

Lección Principal

La obligación de presentar el informe semestral del artículo 125 del Código Tributario nace si los ingresos del contribuyente alcanzan el umbral legal dentro del mismo semestre a informar (enero-junio o julio-diciembre). No es válido que la Administración Tributaria exija esta obligación basándose en los ingresos del año fiscal anterior.

Resumen del Caso

La DGII sancionó a una empresa por no presentar el informe semestral de operaciones (Art. 125 CT) para el primer semestre de 2010, basando la obligación en los ingresos de la empresa del año 2009. El Tribunal de Apelaciones revocó la sanción, estableciendo que el criterio correcto para determinar la obligación es si los ingresos superan el umbral dentro del mismo semestre a reportar, y no en el ejercicio anterior.

Montos en Disputa

$2,454.98

Multa

$2,454.98

Total

Análisis detallado de la sentencia

Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.

Ver planes 7 días de prueba gratis

Con Pro también obtienes:

Consultas IA ilimitadas Sentencias completas Checklists descargables