I1103012TM
ConfirmatorioLección Principal
Los servicios de transporte de carga internacional que tengan como punto de origen o destino el territorio salvadoreño deben ser gravados en su totalidad con la tasa del 13% de IVA. No es correcto tratarlos como exportación de servicios ni fraccionar la operación en un tramo nacional y otro extranjero para efectos fiscales.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que obliga a un transportista a pagar IVA al 13% sobre servicios de carga internacional, al determinar que dichos servicios no califican como exportación con tasa 0% porque inician o terminan en El Salvador, no cumpliendo el requisito de ser 'utilizados exclusivamente en el extranjero'. También se confirman las multas por la presentación tardía de declaraciones e informes.
Montos en Disputa
$97,495.9
Impuesto
$2,894.34
Multa
$100,390.24
Total
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