I1102008TM
ConfirmatorioLección Principal
Es fundamental que los contribuyentes verifiquen de forma proactiva y periódica que sus proveedores estén debidamente inscritos y activos como contribuyentes de IVA ante la Administración Tributaria antes de registrar una compra y deducir el crédito fiscal. Confiar únicamente en el documento físico (Comprobante de Crédito Fiscal) sin esta verificación expone a la empresa al riesgo de que el crédito sea rechazado, resultando en el pago del impuesto omitido.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA a cargo de un contribuyente por $4,823.53. La controversia surgió por el rechazo de créditos fiscales provenientes de facturas emitidas por un proveedor que estaba desinscrito e inactivo en el registro de contribuyentes. El Tribunal validó que la DGII actuó correctamente al usar 'base cierta', basándose en sus propios registros para verificar el estado del proveedor, y aclaró que la anulación de créditos fiscales es motivo suficiente para ajustar el impuesto a pagar.
Montos en Disputa
$4,823.53
Impuesto
$4,823.53
Total
$ 4,465.5
Crédito Objetado
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