I1104012M
RevocatorioLección Principal
Para determinar si existe la obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (F-987), el umbral de ingresos (2,753 salarios mínimos mensuales) debe verificarse con los ingresos obtenidos durante el mismo semestre que se reporta, no con los ingresos declarados en el ejercicio fiscal del año anterior.
Resumen del Caso
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) multó a una sociedad por no presentar el informe de proveedores y clientes (F-987) del primer semestre de 2010, basándose en que sus ingresos de 2009 superaban el umbral. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la multa, estableciendo que el umbral de ingresos para dicha obligación debe calcularse sobre el mismo semestre a informar, no sobre el ejercicio fiscal anterior, por lo que la DGII no logró probar que el contribuyente estuviera obligado.
Montos en Disputa
$3,948.21
Multa
$3,948.21
Total
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