I1104008M
RevocatorioLección Principal
Para determinar si existe la obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 CT), el cómputo de los ingresos que superan el umbral legal debe realizarse sobre el mismo semestre que se informa. No es válido utilizar los ingresos del ejercicio fiscal anterior como base para esta obligación formal, especialmente si la norma era nueva.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones revoca una multa impuesta por la DGII por la no presentación del informe de proveedores y clientes (F-987). La DGII basó la obligación en los ingresos del contribuyente del año 2009, pero el Tribunal estableció que el parámetro correcto para determinar la obligación son los ingresos obtenidos durante el mismo semestre a informar (enero-junio 2010), lo cual no fue demostrado por la administración.
Montos en Disputa
$1,951.22
Multa
$1,951.22
Total
Análisis detallado de la sentencia
Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.
Con Pro también obtienes: