I1012015M
ConfirmatorioLección Principal
Es una obligación legal ineludible atender los requerimientos de información de la Administración Tributaria, incluso si se refieren a operaciones con terceros. Ignorar dichos requerimientos conlleva a sanciones significativas, y los argumentos sobre vicios formales como la falta de un 'auto de designación' o la persona que recibe la notificación en el domicilio fiscal, generalmente no prosperan si la DGII sigue los procedimientos básicos de notificación.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma una multa impuesta a una empresa por no proporcionar información sobre sus operaciones con un tercero, la cual fue requerida por la DGII en el marco de una fiscalización a dicho tercero. La empresa argumentó vicios de procedimiento, como la falta de un auto de designación y notificaciones inválidas, pero el Tribunal desestimó todos los agravios, ratificando que no se requiere auto de designación para requerir información y que las notificaciones en el domicilio fiscal son válidas si siguen el procedimiento legal.
Montos en Disputa
$36,016.25
Multa
$36,016.25
Total
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