I1011001T
ConfirmatorioLección Principal
Para deducir el crédito fiscal de IVA por servicios, especialmente los recibidos del exterior y de partes relacionadas, es crucial mantener documentación detallada que pruebe fehacientemente la prestación efectiva del servicio (su 'materialización'). No basta con tener un contrato, correos electrónicos o haber realizado la retención del impuesto; se debe poder demostrar qué servicio se recibió, cuándo, quién lo prestó, quién lo recibió y cómo benefició a la generación de ingresos gravados.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que objeta la deducción de $441,205.46 en créditos fiscales de IVA, correspondientes a servicios administrativos contratados con una empresa relacionada no domiciliada. El Tribunal determinó que el contribuyente no logró probar la existencia efectiva y materialización de dichos servicios, considerando que el contrato maestro y los correos electrónicos presentados eran insuficientes para demostrar la real prestación de las operaciones.
Montos en Disputa
$ 441,205.46
Crédito Objetado
Análisis detallado de la sentencia
Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.
Con Pro también obtienes: