I1009014TM
ConfirmatorioLección Principal
Para que un servicio prestado desde El Salvador a un no domiciliado califique como exportación con tasa 0% de IVA, es indispensable demostrar que su utilización o aprovechamiento es *exclusivo* en el extranjero. Los servicios de transporte internacional que incluyen tramos en territorio salvadoreño no cumplen este requisito y deben ser gravados con la tasa general del 13%, independientemente de que el cliente esté en el exterior.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la decisión de la DGII de gravar con 13% de IVA los servicios de transporte internacional de carga que un contribuyente había declarado como exportaciones con tasa 0%. Se reitera el criterio de que para ser considerada exportación, el servicio debe ser utilizado *exclusivamente* en el extranjero, requisito que no se cumple si el transporte transcurre, inicia o finaliza en El Salvador. Adicionalmente, se confirma una multa por la presentación tardía de un informe F-930.
Montos en Disputa
$19,014.52
Impuesto
$45.75
Multa
$19,060.27
Total
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