I1009008T

Confirmatorio
IVA Tasación/Multa Notificada: 28 de julio de 2011

Lección Principal

Para asegurar la deducibilidad de un crédito fiscal de IVA, no basta con tener el Comprobante de Crédito Fiscal. Es indispensable que el contribuyente mantenga y pueda presentar pruebas fehacientes que demuestren la materialidad de la operación, tales como controles de inventario firmados, notas de recepción, reportes de avance de servicios y, crucialmente, evidencia clara e inequívoca del pago realizado directamente al proveedor.

Resumen del Caso

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta créditos fiscales de IVA a un contribuyente por un monto de $7,318.09. La objeción se basa en que el contribuyente, a pesar de poseer los Comprobantes de Crédito Fiscal, no pudo demostrar la existencia efectiva de las operaciones de compra de bienes y servicios, al no presentar pruebas de la recepción material de los mismos ni de los pagos a los proveedores, quienes además resultaron no ser localizables.

Montos en Disputa

$7,318.09

Impuesto

$7,318.09

Total

$ 7,318.09

Crédito Objetado

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