R1005022TM
ModificatorioLección Principal
Para asegurar la deducibilidad de gastos promocionales, es fundamental mantener documentación robusta que pruebe la 'materialización' del gasto, es decir, la entrega efectiva de los productos a los clientes, ya que las facturas de autoconsumo y los registros internos son insuficientes. Adicionalmente, el costo de ventas debe calcularse únicamente con base en inventarios que sean propiedad del contribuyente, excluyendo cualquier mercadería en consignación.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII sobre Impuesto sobre la Renta, confirmando la objeción a gastos de promoción por falta de prueba de su entrega a clientes, pero ajustando a favor del contribuyente el cálculo del costo de ventas al reconocer un registro contable que la DGII había omitido. Como resultado, se reduce el impuesto y la multa por evasión no intencional originalmente determinados.
Montos en Disputa
$142,698.46
Impuesto
$35,674.61
Multa
$178,373.08
Total
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