001-0125
ConfirmatorioLección Principal
Las retenciones de Impuesto sobre la Renta nunca son un gasto deducible para quien las paga, incluso si un contrato lo exige. Además, las empresas con ingresos gravados y no gravados deben prorratear todos los costos comunes (como los intereses de financiamiento general) usando la fórmula legal, ya que es muy difícil probar que un costo beneficia exclusivamente a un tipo de ingreso.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objetó a una entidad bancaria la deducción de gastos financieros que en realidad eran retenciones de ISR asumidas por la empresa, lo cual está prohibido por ley. Adicionalmente, se confirma el recálculo del factor de proporcionalidad, ya que el contribuyente omitió incluir los costos por intereses como un gasto común a las rentas gravadas y no gravadas, resultando en una disminución de su saldo a favor.
Montos en Disputa
$338,890.28
Impuesto
$338,890.28
Total
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