I1005028T

Confirmatorio
IVA Tasación/Multa Notificada: 7 de julio de 2011

Lección Principal

La simple posesión de un Comprobante de Crédito Fiscal no garantiza el derecho a la deducción del IVA. Es crucial que el contribuyente mantenga un sólido soporte documental que pruebe la materialidad de la operación, como contratos, informes de servicio, pruebas de pago robustas y realizar una debida diligencia para asegurarse que sus proveedores son empresas reales, operativas y cumplidoras de sus obligaciones fiscales.

Resumen del Caso

El Tribunal de Apelaciones confirma la decisión de la DGII de objetar créditos fiscales de IVA a un contribuyente del rubro de la construcción. La objeción se fundamenta en que el contribuyente, a pesar de poseer los Comprobantes de Crédito Fiscal, no pudo demostrar la existencia efectiva (materialidad) de los servicios prestados por sus proveedores. Las investigaciones de la DGII revelaron que los proveedores no declararon dichos ingresos y carecían de la capacidad operativa (empleados) para realizar los trabajos facturados.

Montos en Disputa

$62,887.6

Impuesto

$ 62,887.63

Crédito Objetado

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