I1009011T
ConfirmatorioLección Principal
Para deducir válidamente un crédito fiscal por la compra de servicios, no es suficiente contar con la documentación formal como el contrato y el Comprobante de Crédito Fiscal. Es indispensable generar y conservar evidencia material y concreta (entregables, informes detallados, minutas de reunión, correos electrónicos específicos) que demuestre inequívocamente que el servicio fue efectivamente prestado y recibido.
Resumen del Caso
El Tribunal de Apelaciones confirma una resolución de la DGII que objeta créditos fiscales de IVA a un contribuyente. La objeción se fundamenta en que la empresa, a pesar de presentar contratos y facturas, no logró demostrar con pruebas fehacientes la 'existencia efectiva' o materialización de los servicios de asesoría por los cuales reclamaba la deducción, incumpliendo así con su carga probatoria.
Montos en Disputa
$3,813.29
Impuesto
$3,813.29
Total
$ 9,771.62
Crédito Objetado
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