I1003006T
ConfirmatorioLección Principal
Para deducir el crédito fiscal de IVA por la compra de servicios, no basta con tener el contrato y los Comprobantes de Crédito Fiscal. Es crucial mantener un expediente robusto con pruebas concretas que demuestren que el servicio se prestó realmente (materialización), tales como informes detallados, entregables, correos electrónicos específicos, actas de reunión, y la identificación clara de quién prestó y recibió el servicio.
Resumen del Caso
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) objetó y determinó un impuesto a pagar a una empresa por la deducción de créditos fiscales de IVA correspondientes a servicios de asesoría. La DGII argumentó que la empresa no pudo demostrar la existencia efectiva (materialización) de dichos servicios. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirmó la decisión de la DGII, estableciendo que la prueba de la materialización es un requisito sustancial para la deducción del crédito fiscal, y que la carga de dicha prueba recae en el contribuyente.
Montos en Disputa
$9,359.96
Impuesto
$9,359.96
Total
$ 10,074.96
Crédito Objetado
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