004-0125
RevocatorioLección Principal
Es crucial que tanto los importadores como las autoridades aduaneras conozcan y apliquen no solo las leyes locales, sino también las reglamentaciones y decisiones administrativas derivadas de los tratados de libre comercio. Omitir una fase procedimental esencial prevista en dicha normativa, como un plazo para subsanar errores, puede invalidar todo el procedimiento administrativo, incluso si el error original fue del contribuyente.
Resumen del Caso
Un contribuyente apeló la determinación de impuestos y multa por la importación de mercancías, originada por presentar un Certificado de Origen sin firma bajo el TLC México-CA. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la Dirección General de Aduanas, declarando la nulidad absoluta del procedimiento original porque la aduana omitió conceder el plazo de 15 días para subsanar el error, una fase esencial establecida en la Decisión No. 9 del tratado.
Montos en Disputa
$8,019.44
Impuesto
$8,019.44
Multa
$16,038.88
Total
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