008-1224
ModificatorioLección Principal
El importador es responsable de asegurar que las mercancías cumplen con las reglas de origen para gozar de beneficios arancelarios. No se puede confiar ciegamente en el certificado de origen emitido por el exportador, especialmente en casos complejos como mercancías usadas, donde el 'cambio de clasificación por uso' no califica como 'transformación sustancial'. Aunque la falta de culpabilidad puede evitar una multa, no exime del pago de los impuestos adeudados.
Resumen del Caso
Un importador solicitó trato arancelario preferencial bajo CAFTA-DR para zapatos usados, basándose en un certificado de origen del exportador. La Dirección General de Aduanas negó el beneficio y determinó impuestos (DAI e IVA) más una multa, argumentando que los zapatos no cumplían las reglas de origen ya que el cambio de clasificación arancelaria se debía al uso y no a un proceso productivo. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación de impuestos pero revocó la multa, al no encontrar culpabilidad (dolo o culpa) por parte del importador, quien actuó de buena fe.
Montos en Disputa
$10,051.29
Impuesto
$10,051.29
Multa
$20,102.58
Total
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