007-1224
ModificatorioLección Principal
El importador es el responsable final de asegurar que las mercancías cumplen con las reglas de origen para gozar de beneficios arancelarios. Confiar ciegamente en un certificado de origen emitido por el exportador puede no ser suficiente para evitar el pago de impuestos si la mercancía no califica, aunque actuar de buena fe puede eximir de la imposición de multas.
Resumen del Caso
Una empresa importó zapatos usados desde EE.UU. solicitando beneficios del CAFTA-DR. La autoridad aduanera negó el beneficio, argumentando que los zapatos no fueron producidos en EE.UU. y su reclasificación por uso no es un 'salto arancelario' válido. El Tribunal confirmó la determinación de impuestos (DAI e IVA) pero revocó la multa, al no encontrar culpabilidad en el importador, quien actuó de buena fe confiando en un certificado de origen emitido por el exportador.
Montos en Disputa
$10,346.24
Impuesto
$10,346.24
Multa
$20,692.48
Total
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