016-1124
ModificatorioLección Principal
Los importadores deben ejercer una debida diligencia para verificar que las mercancías cumplen con las reglas de origen de un tratado de libre comercio, y no confiar ciegamente en los certificados emitidos por los exportadores. La reclasificación de un producto por su uso (ej. de nuevo a usado) no califica como una transformación sustancial para conferir origen. Actuar de buena fe puede eximir de multas, pero no del pago de los impuestos adeudados.
Resumen del Caso
El contribuyente importó ropa y zapatos usados desde EE.UU. solicitando trato arancelario preferencial bajo el CAFTA-DR, el cual fue denegado por la Aduana por no cumplir las reglas de origen, determinando impuestos y una multa. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación de impuestos, al establecer que la reclasificación de un bien por su uso no constituye la 'transformación sustancial' requerida por el tratado. Sin embargo, revocó la multa al no encontrar culpabilidad en el importador, quien actuó de buena fe basándose en un certificado de origen erróneo emitido por el exportador.
Montos en Disputa
$4,007.42
Impuesto
$4,007.42
Multa
$8,014.84
Total
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