015-1124
ModificatorioLección Principal
Confiar en un Certificado de Origen emitido por un proveedor extranjero puede eximir al importador de multas por falta de culpabilidad, pero no lo libera de la obligación de pagar los impuestos si se demuestra que la mercancía no cumple con las reglas de origen. El importador es responsable del pago de los tributos, incluso si el error en la certificación fue del exportador.
Resumen del Caso
Un importador solicitó exención de aranceles para ropa y zapatos usados de EE.UU. bajo el CAFTA-DR, basándose en un certificado de origen del exportador. La Aduana negó el beneficio y multó al contribuyente, argumentando que las mercancías no cumplían la regla de 'transformación sustancial'. El Tribunal confirmó la determinación de impuestos, pero revocó la multa al considerar que el importador actuó de buena fe y sin culpabilidad, ya que la responsabilidad de la certificación recaía en el exportador.
Montos en Disputa
$3,984.79
Impuesto
$3,984.79
Multa
$7,969.58
Total
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