014-1124
ModificatorioLección Principal
Para que una mercancía califique como originaria bajo la regla de 'salto arancelario' del CAFTA-DR, el cambio de clasificación debe ser consecuencia de un proceso de producción, no de una simple reclasificación por uso. Aunque el importador es responsable del pago de los impuestos si el origen es incorrecto, puede evitar la multa si demuestra que actuó sin culpa, basándose de buena fe en un certificado de origen emitido por el exportador.
Resumen del Caso
El contribuyente importó ropa y zapatos usados desde EE.UU. solicitando trato arancelario preferencial del CAFTA-DR, basado en un certificado de origen del exportador. La Aduana negó el beneficio y determinó impuestos (DAI e IVA) más una multa, argumentando que las mercancías no eran 'originarias' ya que el cambio de clasificación arancelaria se debía al uso y no a un proceso productivo. El Tribunal confirmó el pago de los impuestos pero revocó la multa, al no encontrar culpabilidad en el importador, quien actuó de buena fe amparado en el certificado emitido por un tercero.
Montos en Disputa
$4,353.18
Impuesto
$4,353.18
Multa
$8,706.36
Total
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