011-0924
ModificatorioLección Principal
La confianza en un Certificado de Origen emitido por un tercero no exime del pago de impuestos si la mercancía no cumple las reglas de origen. Sin embargo, actuar de buena fe basado en dicho certificado puede ser un argumento válido para anular la multa por falta de culpabilidad, trasladando la responsabilidad de la certificación incorrecta al emisor (exportador).
Resumen del Caso
Un importador solicitó beneficios arancelarios del CAFTA-DR para ropa usada, basándose en un certificado de origen del exportador. La Aduana negó el beneficio y multó, argumentando que la mercancía no cumplía las reglas de origen. El Tribunal confirmó la determinación de impuestos pero revocó la multa, al considerar que el importador actuó de buena fe y sin culpabilidad, ya que la responsabilidad del certificado erróneo recaía en el exportador.
Montos en Disputa
$3,950.39
Impuesto
$3,950.39
Multa
$7,900.78
Total
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