A2205040TM
RevocatorioLección Principal
La autoridad de la administración tributaria y aduanera para fiscalizar y sancionar está sujeta a un plazo de caducidad estricto. Es fundamental que tanto la administración como los contribuyentes realicen un cómputo preciso de este plazo, especialmente cuando es afectado por eventos legales como decretos de suspensión o sentencias judiciales, ya que cualquier actuación fuera de dicho plazo será declarada ilegal, independientemente de la solidez de los hallazgos de fondo.
Resumen del Caso
La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó impuestos y multas a una empresa por no reexportar mercancías bajo un régimen temporal y por usar beneficios fiscales indebidamente. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la decisión de la DGA, sin entrar a conocer el fondo del asunto, al concluir que la facultad de la DGA para fiscalizar y sancionar había caducado. El Tribunal determinó que, a pesar de una suspensión y posterior reanudación del plazo debido a un decreto y una sentencia constitucional, la DGA notificó su resolución final fuera del término legal de cuatro años.
Montos en Disputa
$395,262.03
Impuesto
$17,334.9
Multa
$412,596.93
Total
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