A1912010TM
ModificatorioLección Principal
La autoridad aduanera no puede reclasificar mercancías basándose en presunciones derivadas de notas explicativas de otras partidas arancelarias. Tiene la obligación (carga de la prueba) de realizar una investigación técnica exhaustiva para demostrar las características del producto que justifican la reclasificación, especialmente cuando existen precedentes. La falta de una motivación adecuada y el incumplimiento del principio de verdad material pueden invalidar el acto administrativo.
Resumen del Caso
El contribuyente apeló una decisión de la Autoridad Aduanera que reclasificó una resina alcídica importada, resultando en impuestos adicionales y multas, bajo el argumento de que el aceite de soya en su composición era 'secante'. El Tribunal modificó la resolución, revocando los impuestos y la multa tributaria porque la autoridad no probó la naturaleza del aceite, violando el principio de verdad material y careciendo de motivación. Sin embargo, confirmó una multa administrativa menor por una discrepancia en el peso declarado.
Montos en Disputa
$1,868.16
Impuesto
$1,918.16
Multa
$3,786.32
Total
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