A1711004TM
ModificatorioLección Principal
Ante el incumplimiento de un socio comercial que ponga en riesgo obligaciones aduaneras (como el retorno de mercancías en un régimen temporal), es crucial actuar con la máxima diligencia: notificar inmediatamente a la autoridad aduanera del impedimento y ejercer todas las acciones legales disponibles para recuperar los bienes. La simple ocurrencia de un evento adverso no es suficiente para alegar fuerza mayor si no se demuestra una conducta proactiva para mitigar sus consecuencias.
Resumen del Caso
Una empresa usuaria de zona franca fue sancionada por no cumplir con el plazo de retorno de mercancías trasladadas temporalmente a otra empresa que cerró operaciones. El contribuyente alegó fuerza mayor, pero el Tribunal determinó que hubo negligencia al no informar a la Aduana ni actuar judicialmente a tiempo, confirmando la mayor parte de los impuestos y multas. Sin embargo, el Tribunal revocó una parte menor de la sanción al operar la caducidad de la facultad de fiscalización de la Aduana para dos de las declaraciones.
Montos en Disputa
$98,834.07
Impuesto
$2,000
Multa
$100,834.07
Total
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