A1711008TM
RevocatorioLección Principal
La Administración Aduanera tiene la carga de probar la legalidad de una reclasificación arancelaria. Si los propios informes técnicos de la autoridad son contradictorios o ambiguos, esta tiene la obligación, por el principio de verdad material, de realizar todas las diligencias necesarias para esclarecer los hechos. No puede basarse en presunciones para perjudicar al contribuyente cuando la evidencia es incierta; la falta de una investigación exhaustiva y una motivación deficiente pueden llevar a la anulación del ajuste.
Resumen del Caso
El contribuyente importó una resina alcídica modificada con aceite de soya, clasificándola en una partida con 0% de arancel. La Dirección de Aduanas la reclasificó a una partida con 5% de arancel, imponiendo impuestos y una multa del 300%, argumentando que el aceite de soya es 'secante'. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión, determinando que Aduanas violó el principio de verdad material al no investigar contradicciones en sus propios análisis de laboratorio y emitió una resolución sin la debida motivación, fallando en probar la legalidad de su reclasificación.
Montos en Disputa
$9,831.57
Impuesto
$29,494.71
Multa
$39,326.28
Total
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