A1708003T
ConfirmatorioLección Principal
El importador asume el riesgo financiero si el exportador no logra demostrar el origen de las mercancías ante una verificación aduanera. Es crucial entender que el procedimiento de verificación de origen es distinto al de la liquidación de impuestos, y cualquier disputa sobre el origen debe litigarse en el momento y procedimiento oportuno, ya que una vez firme esa decisión, no puede ser rebatida en la fase de cobro de impuestos.
Resumen del Caso
El Tribunal confirma una determinación de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e IVA a una empresa que importó tortas de carne de Guatemala. La determinación surgió porque la Aduana, en un procedimiento previo y separado contra el exportador, concluyó que las mercancías no eran de origen centroamericano, negando así el trato arancelario preferencial. El Tribunal desestima la apelación del importador, argumentando que la cuestión del origen ya es cosa juzgada administrativamente y que el importador no puede alegar violación de defensa en un procedimiento del que no es parte.
Montos en Disputa
$781,512.13
Impuesto
$883,091.51
Total
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