A1611007VO
ConfirmatorioLección Principal
El exportador que certifica el origen de una mercancía para obtener beneficios arancelarios debe mantener un archivo completo y accesible de todas las pruebas que sustentan dicha certificación, incluyendo registros contables detallados. No se puede supeditar la entrega de información a la realización de una visita por parte de la autoridad aduanera, ni usar la digitalización de la contabilidad como excusa para no proporcionar los respaldos documentales requeridos.
Resumen del Caso
La autoridad aduanera de El Salvador (DGA) negó el trato arancelario preferencial a importaciones de 'arroz partido' de Costa Rica, tras determinar que el exportador no pudo probar el origen de la mercancía. El exportador falló en responder adecuadamente los cuestionarios de verificación y no proporcionó registros contables cruciales, argumentando infructuosamente que su contabilidad digital requería una visita in situ. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirmó la decisión de la DGA, estableciendo que la carga de la prueba recae en el exportador y la falta de colaboración justifica la denegatoria de origen.
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