A1710002VO

Improponible
Aduana Tasación/Multa Notificada: 19 de octubre de 2017

Lección Principal

El importador no tiene legitimación activa para apelar una resolución de verificación de origen emitida por la autoridad aduanera. Dicho procedimiento es entre la administración y el exportador/productor, por lo que cualquier impugnación sobre el origen debe ser gestionada por este último. El importador solo puede impugnar el acto posterior que le determina la obligación tributaria como consecuencia de la denegatoria del trato preferencial.

Resumen del Caso

El Tribunal declara improponible el recurso de apelación interpuesto por un importador contra una resolución de la Dirección General de Aduanas que determinó el no origen de mercancías (frijol rojo) importadas desde Nicaragua. La improponibilidad se fundamenta en la falta de legitimación activa del importador, ya que el procedimiento de verificación de origen se dirige exclusivamente al exportador o productor, siendo el importador un tercero ajeno a dicho proceso.

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