A1507003TM
ConfirmatorioLección Principal
Es crucial verificar que los Certificados de Origen cumplan con todos los requisitos mínimos exigidos por el tratado comercial aplicable, incluyendo la correcta clasificación arancelaria de la mercancía. Las omisiones en este documento no pueden ser subsanadas con la información de la Declaración de Mercancías y resultarán en la pérdida de los beneficios arancelarios, con la consecuente determinación de impuestos y multas.
Resumen del Caso
El contribuyente importó el producto 'BIOLYS' y lo clasificó incorrectamente en una partida arancelaria con 0% de DAI. La Dirección General de Aduanas, tras un análisis, lo reclasificó a una partida con 5% de DAI y además denegó el beneficio del CAFTA-DR porque los Certificados de Origen presentados estaban incompletos. El Tribunal confirmó la reclasificación, la determinación de impuestos y la multa, estableciendo que la omisión de la clasificación arancelaria en el Certificado de Origen invalida la solicitud de trato preferencial.
Montos en Disputa
$41,151.79
Impuesto
$123,455.37
Multa
$164,607.16
Total
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