A1402020TM
ModificatorioLección Principal
Es crucial monitorear y cumplir estrictamente el plazo de 12 meses para mercancías en el Régimen de Admisión Temporal. Para evitar impuestos y multas, las mercancías deben ser reexportadas o nacionalizadas (pagando los impuestos) antes de que expire dicho plazo. Si el plazo ya venció, pagar voluntariamente los impuestos antes de que se inicie una fiscalización puede exonerar al contribuyente de las multas administrativas, aunque la obligación de pagar el impuesto subsiste.
Resumen del Caso
La Dirección General de Aduanas determinó unpaid import duties (DAI), VAT, y multas a una empresa por no reexportar mercancías bajo el Régimen de Admisión Temporal dentro del plazo de 12 meses. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación de impuestos y multas para los casos donde no hubo subsanación, pero revocó las multas (no los impuestos) para las mercancías cuyos tributos fueron pagados voluntariamente por la empresa antes del inicio de la auditoría, aplicando el beneficio del artículo 14 de la LEPSIA.
Montos en Disputa
$1,269.19
Impuesto
$1,868.4
Multa
$3,137.59
Total
Análisis detallado de la sentencia
Accede al análisis completo de riesgos, verificaciones de DGII, errores del contribuyente y criterios del tribunal.
Con Pro también obtienes: