A1402013TM

Confirmatorio
Aduana Tasación/Multa Notificada: 29 de julio de 2015

Lección Principal

Para clasificar correctamente productos alimenticios importados, es fundamental no solo conocer los ingredientes, sino también la función que cada uno desempeña y si están permitidos como aditivos (ej. estabilizantes, emulsionantes) por las Notas Explicativas del capítulo arancelario correspondiente. Una interpretación errónea de estas notas puede llevar a una clasificación incorrecta, resultando en ajustes fiscales y multas significativas.

Resumen del Caso

Un contribuyente importó leche en polvo ('SVELTY FIGURA 0% SIN GRASA') y la clasificó en la partida 1901.90.40, argumentando que la presencia del ingrediente carragenina la convertía en una 'preparación alimenticia'. La autoridad aduanera la reclasificó a la partida 0402.10.00, determinando impuestos adicionales y una multa. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión, estableciendo que la carragenina es un estabilizante permitido en el Capítulo 04 y que el producto cumplía con las características de la leche en polvo con bajo contenido graso de la partida 0402.10.00.

Montos en Disputa

$6,836.24

Impuesto

$20,508.72

Multa

$27,344.96

Total

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