A1412010V
RevocatorioLección Principal
Las disposiciones de los Tratados de Libre Comercio prevalecen sobre los criterios administrativos internos de la autoridad aduanera. Para beneficiarse del trato arancelario preferencial en operaciones con transbordo, es crucial asegurarse de que la mercancía no sufra ninguna transformación y permanezca bajo control aduanero en el país de tránsito, documentando debidamente estas condiciones para defender el caso ante la administración.
Resumen del Caso
El contribuyente importó mercancías originarias de México que fueron transbordadas en Guatemala. La Dirección General de Aduanas (DGA) le negó el trato arancelario preferencial del TLC con México, exigiéndole el pago de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) por $185,817.88, basándose en un criterio administrativo interno que requería 'expedición directa'. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la DGA, determinando que su criterio era ilegal por contradecir el TLC, el cual sí permite el transbordo bajo ciertas condiciones.
Montos en Disputa
$185,817.88
Impuesto
$185,817.88
Total
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